- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 57
Artículo 57 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 57 dice que los centros PILARES ofrecen varios programas de apoyo, pero estos no son los únicos que pueden existir. Por ejemplo, hay un programa que da dinero a los maestros y talleristas que dan clases o asesorías en las Ciberescuelas de PILARES. Otro programa apoya económicamente a quienes dan talleres de oficios, emprendimiento o comercio digital para que la gente pueda ser más independiente económicamente. También está la Beca PILARES, que es un apoyo para jóvenes de 15 a 29 años que ya terminaron la secundaria y quieren certificar su educación básica o media superior, y para los de 18 a 29 años que estudian en universidades públicas de la Ciudad de México. Además, hay un programa llamado Ponte Pila, que promueve actividades deportivas y recreativas en espacios públicos, sobre todo para grupos que necesitan atención especial. La Secretaría puede crear nuevos programas, o cambiar o cancelar los que ya existen, según lo que necesiten los PILARES y el presupuesto que tengan. Para eso, cada año se publican las reglas y convocatorias correspondientes.
Texto oficial
Artículo 57.- De manera enunciativa más no limitativa, los PILARES contarán con los siguientes programas sociales para el fortalecimiento de sus funciones y actividades: Párrafo reformado G.O. CDMX 02/06/23 Ciberescuelas en PILARES. Otorga apoyos económicos a los facilitadores de servicios que fungen como docentes, monitoras o monitores y talleristas para la impartición de asesorías y la realización de diversas actividades en estas instalaciones. Educación para la autonomía económica en PILARES. Otorga apoyos económicos a los facilitadores de servicios para la impartición de talleres de oficios, emprendimiento y cooperativismo y comercio digital. Beca PILARES. Otorga apoyos económicos a jóvenes de entre 15 y 29 años de edad, con secundaria concluida, inscritos en asesorías educativas en las Ciberescuelas PILARES, para obtener su certificación de educación básica y media superior, expedida por las instituciones públicas competentes, así como a personas de entre 18 y 29 años que realicen estudios de educación superior en instituciones públicas de la Ciudad. Ponte Pila. Promueve actividades recreativas, físicas o deportivas en los espacios públicos, deportivos y módulos de la Ciudad a través de promotores, enfocado a grupos de atención prioritaria. Fracción adicionada G.O. CDMX 02/06/23 La Secretaría está facultada para iniciar nuevos programas así como para cancelar o modificar los existentes, en función de las necesidades de la Red de PILARES y la suficiencia presupuestal disponible. A tal efecto se emitirán, en forma anual, las convocatorias y lineamientos correspondientes. Sección Novena Otros Servicios Educativos
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