- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 86
Artículo 86 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación tiene que hacer varias cosas para que todos los niños y jóvenes puedan entrar, quedarse, terminar la escuela a tiempo y sacar buenas calificaciones, pero eso solo lo hará si tiene el dinero y la capacidad para hacerlo. Por ejemplo, va a crear formas especiales para que cada comunidad pueda inscribir a sus hijos según sus necesidades, y va a darles libros y materiales a los estudiantes de primaria y secundaria. También va a apoyar escuelas con horario extendido, dándole preferencia a hijos de mamás solteras o que trabajan, y va a respaldar lugares como guarderías, albergues y centros donde los niños puedan aprender y desarrollarse. Además, va a poner bibliotecas en las escuelas y colonias, y va a dar servicios básicos como luz y agua a todos los planteles. Por último, va a ofrecer cursos para que en las escuelas se respeten los derechos humanos, se trate a todos por igual y se acaben los malos tratos y prejuicios contra las personas que más lo necesitan.
Texto oficial
Artículo 86.- Para lograr la igualdad de acceso, la permanencia, el egreso oportuno y los resultados satisfactorios en la educación, la Secretaría desarrollará los siguientes proyectos y acciones en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal: Establecer mecanismos propios de acceso que respondan a las necesidades y aspiraciones específicas de cada comunidad y faciliten la incorporación de niñas, niños y jóvenes al sistema educativo; Proporcionar materiales educativos, individuales y colectivos, para los educandos de educación básica; Apoyar, mejorar e incrementar la cantidad de escuelas de jornada ampliada, otorgando prioridad al ingreso de los educandos hijos de madres solas y de madres trabajadoras; Apoyar centros de desarrollo infantil, centros de integración social, internados, albergues escolares e infantiles y demás planteles que den apoyo continuo y creciente al aprendizaje y al aprovechamiento de los educandos; Crear, mantener y apoyar centros de desarrollo ocupacional, cultural y recreativo, con orientación formativa, en las zonas que así lo requieran; Proporcionar a cada plantel educativo los servicios públicos indispensables para su adecuado funcionamiento; Atender las necesidades de prevención, vigilancia y protección civil en beneficio de los planteles educativos; Crear Centros Educativos y de Apoyo para las niñas, niños y adolescentes en situación de calle, atendiendo el interés superior de la niñez; Crear casas de estudiantes indígenas y apoyar las de estudiantes de otras entidades mediante la celebración de convenios de colaboración con los gobiernos de las entidades federativas de donde provienen; Fracción reformada G.O.CDMX 15/06/22 Crear bibliotecas en los centros educativos, en las colonias y barrios, dotándolas de los recursos bibliográficos hemerográficos, videográficos y electrónicos suficientes para un servicio adecuado y eficiente; y Fracción reformada G.O.CDMX 15/06/22 XI. Promover cursos en materia de derechos humanos, igualdad y no discriminación en la educación, así como la eliminación de todo tipo de estereotipos, prejuicios, detrimentos y estigmas de los grupos de atención prioritaria. CAPITULO VIII DE LOS PROGRAMAS SOCIALES CON ENFOQUE EDUCATIVO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.