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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-educacion/49%20Bis
Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
49 Bis

Artículo 49 Bis de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Subsistema de Educación Comunitaria es una parte del gobierno que depende de una Secretaría, pero que trabaja de manera más independiente. Su jefe o jefa es elegido(a) y puede ser quitado(a) directamente por la persona que lidera la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Este subsistema solo puede hacer lo que esté permitido en el Reglamento Interior, que es como el manual de reglas del gobierno de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 49 Bis.- El Subsistema de Educación Comunitaria tendrá la naturaleza jurídica de un órgano desconcentrado adscrito a la Secretaría; cuya persona titular será designada y removida por la persona titular de la Jefatura de Gobierno. El Subsistema de Educación Comunitaria contará con las atribuciones que se establezcan en el Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. Artículo adicionado G.O. CDMX 02/06/23

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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