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Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
58 Ter

Artículo 58 Ter de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia encargada de ciencia y tecnología) va a trabajar junto con otras autoridades para crear y apoyar proyectos de investigación, ya sea en ciencias, humanidades, tecnología o innovación. También se van a encargar de dar a conocer los resultados de estos estudios y desarrollos. Todo esto lo hacen para resolver problemas que afectan a la Ciudad de México, mejorar la economía y la sociedad, y que la gente viva mejor, sobre todo reduciendo las diferencias entre unos y otros. En pocas palabras, buscan que la ciencia y la tecnología ayuden a la ciudad a crecer de manera más justa.

Texto oficial

Artículo 58 Ter.- La Secretaría, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las autoridades competentes fortalecerán y apoyarán la generación, ejecución, difusión y divulgación de proyectos y resultados de investigación científica, humanística, tecnológica y de innovación, con la finalidad de generar propuestas de solución a los problemas y necesidades de la Ciudad, contribuir a su desarrollo económico y social, elevar el bienestar de la población y reducir las desigualdades. Artículo adicionado G.O. CDMX 02/06/23

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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