- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 17
Artículo 17 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La educación media superior, que incluye la prepa, carreras técnicas de nivel bachillerato y estudios profesionales que no necesitan prepa, ahora es obligatoria. Esto significa que el Estado tiene la obligación de ofrecerte un lugar en estos niveles y tú debes cursarlos. No importa si eliges un bachillerato general, una carrera técnica o algo equivalente, todos cuentan como media superior. En pocas palabras, después de la secundaria tienes que seguir estudiando hasta completar este nivel.
Texto oficial
Artículo 17.- La educación media superior es obligatoria y comprende los niveles de bachillerato, de profesional técnico bachiller y los equivalentes a éste, así como la educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.