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Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de tu ciudad, por medio de la Secretaría de Educación, se va a encargar de que haya suficientes lugares en las escuelas para niños pequeños, desde antes del kínder. También va a echarle ganas para que tú, como mamá, papá o tutor, te animes a llevar a tus hijos a la escuela desde chiquitos. Además, va a hacer lo necesario para que los niños no abandonen la escuela y terminen toda su educación básica (primaria y secundaria). Por último, se va a poner a trabajar para que los que se quedaron sin estudiar o van atrasados puedan ponerse al corriente.

Texto oficial

Artículo 16.- El Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría, generará condiciones para atender la demanda de educación inicial, fomentará una cultura favorable a este nivel educativo y promoverá que las madres y padres de familia o tutores decidan que sus hijas, hijos o pupilos accedan a ella; generará las acciones necesarias para asegurar la permanencia de los menores hasta la conclusión de la educación básica y combatirá el rezago educativo en la entidad. Sección Segunda Educación Media Superior

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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