Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-educacion/96
Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
96

Artículo 96 de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 96 dice que los planes de estudio y los programas de las escuelas deben revisarse de forma constante y organizada. Esto sirve para checar que estén completos, que los temas tengan sentido con lo que ya sabes, que sean útiles para la vida real y para ver si necesitan actualizarse. En otras palabras, es como darle mantenimiento a lo que aprendes, para que siempre esté al tiro y sirva de verdad.

Texto oficial

Artículo 96.- La evaluación de los planes, programas y contenidos de estudio será un proceso permanente y sistemático que permita valorar su integralidad, coherencia entre contenidos y conocimientos previos requeridos, su pertinencia, e identificar las necesidades de actualización.

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.