- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las escuelas, ya sean del gobierno o privadas, tienen prohibido contratar a un maestro o permitirle dar clases si no tiene un documento oficial que demuestre que está capacitado para enseñar. Ese documento es la certificación, que es como un título o un permiso que avala que la persona sabe cómo dar clases. En pocas palabras, ningún profesor puede dar clases en primaria o secundaria sin antes tener ese papel que lo acredite.
Texto oficial
Artículo 13.- Ninguna escuela pública o particular podrá emplear a las personas educadoras o permitir que alguna de éstas imparta clases, mientras no cuente con la certificación que le acredite para la docencia. Sección Primera Educación Básica
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.