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Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las escuelas, ya sean del gobierno o privadas, tienen prohibido contratar a un maestro o permitirle dar clases si no tiene un documento oficial que demuestre que está capacitado para enseñar. Ese documento es la certificación, que es como un título o un permiso que avala que la persona sabe cómo dar clases. En pocas palabras, ningún profesor puede dar clases en primaria o secundaria sin antes tener ese papel que lo acredite.

Texto oficial

Artículo 13.- Ninguna escuela pública o particular podrá emplear a las personas educadoras o permitir que alguna de éstas imparta clases, mientras no cuente con la certificación que le acredite para la docencia. Sección Primera Educación Básica

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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