- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La educación básica en México incluye la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria. Su objetivo es que niñas, niños y adolescentes aprendan conocimientos y habilidades importantes, además de desarrollar buenos hábitos, actitudes y valores, para que puedan seguir aprendiendo toda la vida y explotar su creatividad. También se toman en cuenta los centros de educación especial, como los Centros de Atención Múltiple, que ayudan a estudiantes con necesidades diferentes.
Texto oficial
Artículo 14.- El tipo de educación básica se integra por los niveles de la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria; contribuye al desarrollo integral y armónico de las niñas, niños y adolescentes. Tiene por objeto la adquisición de conocimientos fundamentales y la formación de conocimientos, habilidades, hábitos, actitudes y valores que les permita un aprendizaje permanente y el desenvolvimiento de sus potencialidades creativas. De manera adicional, se considerarán los centros dedicados a impartir educación especial, incluidos los Centros de Atención Múltiple.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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