- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 99
Artículo 99 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las calificaciones y exámenes que hacen las escuelas se deben hacer públicas para que todos las conozcan. Con esos resultados se puede ver si se están cumpliendo las metas que la escuela se propuso. Si algo no sale bien, la escuela podrá hacer los cambios necesarios en su plan de trabajo.
Texto oficial
Artículo 99.- Las evaluaciones practicadas por las autoridades escolares se darán a conocer a la sociedad en general y servirán para identificar los alcances de los objetivos propuestos y hacer las adecuaciones o cambios requeridos en el proyecto escolar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.