- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 84
Artículo 84 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de educación y las escuelas en la Ciudad deben tomar acciones para que todas las personas puedan disfrutar completamente su derecho a estudiar, de manera justa y sin favoritismos. También deben asegurarse de que todos tengan las mismas oportunidades para entrar y quedarse en la escuela. Para lograrlo, tienen que enfocarse en ayudar a los grupos que están en situación más difícil, como quienes viven en zonas con menos escuelas o en condiciones económicas complicadas. La meta es que nadie se quede sin estudiar por falta de apoyo o por vivir en desventaja.
Texto oficial
Artículo 84.- Las autoridades educativas y escolares en la Ciudad tomarán medidas que garanticen el ejercicio pleno del derecho a la educación de toda persona, con equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad de oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas buscarán mejorar las condiciones de los grupos en situación de vulnerabilidad y zonas que presenten mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de marginación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.