- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 72
Artículo 72 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las escuelas públicas y privadas que tengan permiso oficial deben cumplir con las leyes para funcionar y tener un plan de protección civil, como lo pide la ley de la Ciudad de México. Si ocurre un desastre o emergencia, lo más importante será arreglar o reconstruir las escuelas públicas, y para eso el gobierno federal y el de la ciudad pondrán dinero y acciones, según el riesgo, los estudios de daños y el presupuesto disponible. La Secretaría de Educación se encargará de que las clases no se detengan, usando lo que tenga a su alcance para seguir el servicio.
Texto oficial
Artículo 72.- Los inmuebles destinados a la educación pública y la impartida por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, así como los servicios e instalaciones empleados con propósitos educativos están obligados a cumplir con todos los requisitos legales para su funcionamiento y contar con un Programa Interno de Protección Civil de conformidad con la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y demás normativa aplicable. En caso de daños ocasionados por emergencias o desastres, se considerará prioritaria la rehabilitación o la reconstrucción de los planteles de la educación pública de la Ciudad, para lo cual concurrirán la Federación y el Gobierno de la Ciudad conforme al respectivo análisis de riesgos, el dictamen estructural correspondiente y a la disponibilidad presupuestaria, con las acciones y recursos requeridos para tal efecto. La Secretaría garantizará la continuidad del servicio educativo correspondiente con los medios a su alcance.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.