- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación, junto con el gobierno federal, va a dar clases para adultos en tres formas: en escuelas normales, en sistemas abiertos (donde estudias por tu cuenta) y a distancia (por internet o con materiales). Esto incluye enseñar a leer y escribir, y también la primaria y secundaria completas. Los estudios que hagas en el sistema abierto o a distancia cuentan con validez oficial, como si hubieras ido a una escuela normal. Además, puedes acreditar lo que ya sabes presentando exámenes, ya sea por partes o de todo el nivel, según las reglas que marque la ley.
Texto oficial
Artículo 42.- La Secretaría en concurrencia con la Federación, impartirá educación para las personas adultas en las modalidades escolarizada, abierta y a distancia, incluyendo la alfabetización, la educación primaria y la secundaria. Los estudios efectuados por las personas adultas en el sistema abierto o a distancia tendrán validez oficial. Las personas beneficiarias de esta educación podrán acreditar los conocimientos adquiridos mediante exámenes parciales o globales, conforme a las disposiciones legales aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.