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Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
42

Artículo 42 de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación, junto con el gobierno federal, va a dar clases para adultos en tres formas: en escuelas normales, en sistemas abiertos (donde estudias por tu cuenta) y a distancia (por internet o con materiales). Esto incluye enseñar a leer y escribir, y también la primaria y secundaria completas. Los estudios que hagas en el sistema abierto o a distancia cuentan con validez oficial, como si hubieras ido a una escuela normal. Además, puedes acreditar lo que ya sabes presentando exámenes, ya sea por partes o de todo el nivel, según las reglas que marque la ley.

Texto oficial

Artículo 42.- La Secretaría en concurrencia con la Federación, impartirá educación para las personas adultas en las modalidades escolarizada, abierta y a distancia, incluyendo la alfabetización, la educación primaria y la secundaria. Los estudios efectuados por las personas adultas en el sistema abierto o a distancia tendrán validez oficial. Las personas beneficiarias de esta educación podrán acreditar los conocimientos adquiridos mediante exámenes parciales o globales, conforme a las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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