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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-educacion/119
Ley
Ley de Educación de la Ciudad de México
Artículo
119

Artículo 119 de la Ley de Educación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los días que marca el calendario oficial, las horas de clase se usan para dar clases y hacer actividades con los alumnos, tal como lo dicen los planes de estudio. Si por alguna emergencia, como desastres naturales o problemas sociales, se cancelan las clases, las autoridades educativas de la Ciudad tienen que hacer cambios al calendario para recuperar el tiempo que se perdió.

Texto oficial

Artículo 119.- En días de calendario oficial, las horas de labor escolar se dedicarán a la práctica docente y a las actividades educativas con los educandos, de conformidad con lo previsto en los planes y programas de estudio establecidos. En caso de suspensión de labores escolares, obligada por contingencias sociales o naturales, las autoridades educativas de la Ciudad harán los ajustes que se requieran al calendario escolar para recuperar el tiempo perdido.

Ver texto oficial de la Ley de Educación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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