- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 119
Artículo 119 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los días que marca el calendario oficial, las horas de clase se usan para dar clases y hacer actividades con los alumnos, tal como lo dicen los planes de estudio. Si por alguna emergencia, como desastres naturales o problemas sociales, se cancelan las clases, las autoridades educativas de la Ciudad tienen que hacer cambios al calendario para recuperar el tiempo que se perdió.
Texto oficial
Artículo 119.- En días de calendario oficial, las horas de labor escolar se dedicarán a la práctica docente y a las actividades educativas con los educandos, de conformidad con lo previsto en los planes y programas de estudio establecidos. En caso de suspensión de labores escolares, obligada por contingencias sociales o naturales, las autoridades educativas de la Ciudad harán los ajustes que se requieran al calendario escolar para recuperar el tiempo perdido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.