- Ley
- Ley de Educación de la Ciudad de México
- Artículo
- 37
Artículo 37 de la Ley de Educación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación de la Ciudad se va a encargar de que las personas adultas y las personas mayores puedan estudiar en las escuelas del sistema educativo de la ciudad. También va a dar a conocer bien los planes y programas de estudio que están hechos especialmente para ellos. Además, les va a enseñar a usar la tecnología, como el internet, las computadoras y las redes sociales.
Texto oficial
Artículo 37.- La Secretaría promoverá la inclusión de las personas adultas y de las personas mayores en las instituciones educativas del Sistema Educativo de la Ciudad, realizará una difusión amplia de los planes y programas de estudio con oferta educativa específica para este sector de la población y les brindará capacitación en el uso de tecnologías digitales de información, comunicación y redes sociales. Sección Quinta Educación Indígena
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.