- Ley
- Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
- Artículo
- 17
Artículo 17 de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ganes una elección o te nombren para un cargo público en la Ciudad de México, el proceso para que te entreguen oficialmente el puesto debe comenzar desde el momento en que seas reconocido legalmente como la nueva autoridad. No tienes que esperar hasta el día en que entres a trabajar; el trámite arranca apenas te dan el aval oficial.
Texto oficial
Artículo 17.- El proceso de entrega recepción deberá principiar desde que la autoridad entrante del órgano de la administración pública respectiva de la Ciudad de México haya sido legalmente reconocida.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.