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Ley
Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México puede pedir documentos hasta con un año de anticipación al final del gobierno. Esto lo hace para preparar la entrega oficial del poder de la ciudad. También puede ordenar reglas adicionales para que se cumpla bien esta ley. En pocas palabras, se encarga de que todo esté en orden cuando termine el mandato del gobierno local.

Texto oficial

Artículo 24.- La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México tiene facultad para dictar las medidas complementarias para la observancia de esta Ley, así como para solicitar, desde un año antes, la documentación que considere necesaria para preparar la entrega final del Órgano Ejecutivo Local de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México (pág. 1) ↗

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