- Ley
- Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley De Entrega Recepción De Los Recursos De La Administración Pública De La Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un funcionario público (como un presidente municipal o un director de área) esté por terminar su trabajo, debe pedir ayuda al órgano de control (la autoridad encargada de vigilar que se hagan bien las cosas) por lo menos 30 días antes de irse. Esto es para que el órgano de control supervise que todo quede en orden, como revisar cuentas o entregar documentos, conforme a lo que dice la ley. Básicamente, el funcionario no puede simplemente renunciar sin avisar; tiene que hacerlo con tiempo para que lo revisen. Así se evita que se lleve cosas o deje problemas sin resolver.
Texto oficial
Artículo 23.- El servidor público saliente 30 días antes de que concluya su empleo, cargo o comisión deberá solicitar la intervención del órgano de control que corresponda para la debida intervención que le compete conforme a esta ley. (REFORMADO, G.O. 22 DE FEBRERO DE 2018)
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