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Ley
Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México
Artículo
10

Artículo 10 de la Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Pedir la constancia de registro de un Espacio Cultural Independiente (ECI) es gratis. Para solicitarla, debes entregar por escrito el nombre del espacio, el acta constitutiva si es una empresa o asociación, los nombres y credenciales oficiales de los responsables, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el manifiesto fundacional si lo tienes, la dirección y tamaño del lugar, un documento que demuestre que tienes derecho legal a usar el inmueble, y si perteneces a alguna red de espacios culturales. También necesitas el reglamento interno del ECI, un teléfono o correo para que el gobierno se comunique contigo, y cualquier otro papel que demuestre que el espacio existe realmente. La Secretaría de Cultura te responderá en un plazo de hasta 90 días hábiles y, si todo está bien, te entregará la constancia de registro por medio del Sistema Integral de Información.

Texto oficial

Artículo 10. La solicitud de constancia de registro, será gratuita y deberá ser acompañada de la siguiente documentación: Párrafo reformado G.O. CDMX 15/06/23 Denominación del ECI; En caso de estar constituido como persona moral, anexar el acta constitutiva; Nombres e identificación oficial de las y los responsables del ECI; Registro Federal de Contribuyentes de la o las personas responsables del colectivo u organización del ECI; Manifiesto fundacional en su caso; Fracción reformada G.O. CDMX 15/06/23 Ubicación y superficie total del ECI; Presentar el documento con el que se acredite la relación jurídica con el inmueble donde se desarrollen sus actividades; SE DEROGA Fracción derogada G.O. CDMX 15/06/23 SE DEROGA Fracción derogada G.O. CDMX 15/06/23 SE DEROGA Fracción derogada G.O. CDMX 15/06/23 Pertenencia a colectivos u organizaciones de ECI nacionales o internacionales; Reglamento Interno del ECI: Datos de contacto para vinculación con la Secretaría; y Cualquier otro elemento, que consideren acredita su existencia como ECI. La Secretaría informará dentro del plazo de hasta 90 días hábiles sobre la procedencia de la solicitud y en su caso hará entrega al ECI de su constancia de registro a través del Sistema Integral de Información. Párrafo adicionado G.O. CDMX 15/06/23 El Reglamento establecerá el procedimiento para la renovación de la Constancia de Registro. Párrafo adicionado G.O. CDMX 15/06/23 Los ECI deberán cumplir, además con lo establecido en el Reglamento de esta Ley. Párrafo adicionado G.O. CDMX 15/06/23

Ver texto oficial de la Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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