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Ley
Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que varias autoridades de la Ciudad de México son las encargadas de hacer que se cumpla esta ley, cada una dentro de lo que le toca según su trabajo. Las autoridades que menciona son: la Jefatura de Gobierno (la jefa o jefe de la ciudad), la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Desarrollo Económico, la Secretaría de Turismo, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Gestión de Riesgos y Protección Civil, y las Alcaldías. También dice que una parte que hablaba de la Secretaría de Gobierno fue eliminada, así que ya no cuenta. En pocas palabras, estas dependencias son las responsables de aplicar la ley en la práctica.

Texto oficial

Artículo 14. Son autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley en el ámbito de sus atribuciones y competencias: La Jefatura de Gobierno; La Secretaría de Cultura; II BIS. La Secretaría de Gobierno; Fracción adicionada G.O. CDMX 15/06/23 SE DEROGA Fracción derogada G.O. CDMX 15/06/23 La Secretaría de Desarrollo Económico; La Secretaría de Turismo; La Secretaría de Administración y Finanzas; La Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil; y Las Alcaldías;

Ver texto oficial de la Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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