- Ley
- Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Administración y Finanzas se encarga de darles acceso a los apoyos para las Empresas Culturales Independientes (ECI), según las reglas que ponga el Jefe de Gobierno y lo que dice el Código Fiscal de la Ciudad de México. También les toca ayudar y guiar a esas empresas para que puedan obtener un permiso temporal para usar propiedades del gobierno de la ciudad, aunque ese permiso se puede cancelar si es necesario.
Texto oficial
Artículo 20. Corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas: Otorgar el acceso a los incentivos para el apoyo y desarrollo de los ECI de conformidad con los instrumentos que, en su caso, emita la persona titular de la Jefatura de Gobierno con fundamento en el Código Fiscal de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 15/06/23 SE DEROGA Fracción derogada G.O. CDMX 15/06/23 Orientar a los ECI para la obtención de un Permiso Administrativo Temporal Revocable de bienes inmuebles propiedad del Gobierno de la Ciudad de México. Fracción reformada G.O. CDMX 15/06/23
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.