- Ley
- Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas encargadas de las ventanillas únicas en la Alcaldía te van a orientar y asesorar sin cobrarte nada cuando necesites hacer algún trámite de los que marca esta Ley. Además, todos esos trámites deben estar disponibles en internet, en los sitios oficiales correspondientes, y tienen que ser fáciles de entender y usar para cualquier ciudadano.
Texto oficial
Artículo 9.- Los titulares de las ventanillas únicas que operan en la Alcaldía, brindarán orientación y asesoría de manera gratuita a los particulares para la realización de los trámites a que se refiere esta Ley. Dichos trámites deberán estar disponibles en los respectivos sitios de Internet y de forma accesible para la ciudadanía. TITULO III DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TITULARES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.