Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-establecimientos-mercantiles/8%20Bis
- Ley
- Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 8 Bis
Artículo 8 Bis de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 8 Bis fue eliminado de la ley, es decir, ya no existe ni tiene validez. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo se borra oficialmente y ya no se aplica. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que antes decía ese artículo, porque ya no es parte de la ley.
Texto oficial
Artículo 8 Bis.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.