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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-evaluacion/35
Ley
Ley de Evaluación de la Ciudad de México
Artículo
35

Artículo 35 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Evaluación es un grupo de personas que revisan cómo funcionan las políticas públicas. Cuando terminan una evaluación, primero la hacen oficial y luego la tienen que publicar en su página de internet. Así cualquiera puede ver los resultados y saber si las cosas están saliendo bien o mal. La idea es que no se quede guardada, sino que todos tengamos acceso a esa información.

Texto oficial

Artículo 35. Los resultados de las evaluaciones que realice el Consejo de Evaluación una vez que tengan carácter definitivo, deberán ser publicados en el sitio oficial del Consejo de Evaluación para su difusión. TÍTULO CUARTO DE LA EVALUACIÓN MACROSOCIAL DEL IMPACTO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

Ver texto oficial de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.