- Ley
- Ley de Evaluación de la Ciudad de México
- Artículo
- 34
Artículo 34 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo checará que las recomendaciones que hizo se estén cumpliendo, siguiendo las reglas que marca su Estatuto (su propio reglamento). Si alguien no las cumple, el Consejo le avisará al Órgano Interno de Control (el área que vigila que todo se haga bien). Ese órgano será el encargado de investigar lo que pasó.
Texto oficial
Artículo 34. El Consejo dará seguimiento a las recomendaciones formuladas, a través de los procedimientos que se definan en su Estatuto. En caso de incumplimiento de las recomendaciones se dará vista al Órgano Interno de Control, para realizar la investigación correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.