Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-filmaciones/3
Ley
Ley de Filmaciones de la Ciudad de México
Artículo
3

Artículo 3 de la Ley de Filmaciones de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todo lo que haga el gobierno de la Ciudad de México relacionado con el cine, la televisión y los medios audiovisuales debe seguir siete reglas principales. Estas reglas buscan que se impulse la inversión pública y privada, que se respeten las distintas culturas y formas de pensar, que haya igualdad y que se proteja la libertad de expresión. También se debe promover una buena imagen de la ciudad tanto en México como en el extranjero, respetar los derechos de autor sobre lo que se produce, y rechazar cualquier tipo de discriminación hacia las personas. En resumen, el gobierno debe apoyar el sector audiovisual de manera justa, incluyente y que respete las ideas de todos.

Texto oficial

Artículo 3.- Las acciones y programas de los órganos de gobierno del Distrito Federal que estén vinculadas al sector audiovisual, se regirán por los siguientes principios: Desarrollo integral; orientado a incentivar la inversión pública y privada, así como potenciar el desarrollo del sector audiovisual, posicionándolo como industria fundamental para el Distrito Federal; Diversidad; basada en el carácter pluriétnico y pluricultural de la sociedad del Distrito Federal y que tiene como fin reconocer y respetar las ideas, creencias y expresiones individuales y colectivas, así como garantizar el derecho al desarrollo de la propia cultura cinematográfica y la conservación de las tradiciones; Igualdad; dirigida a garantizar que las acciones, programas y políticas culturales relacionadas con el sector audiovisual tengan un sentido distributivo, equitativo y plural; Libertad de expresión; como elemento fundamental de cualquier obra audiovisual que debe ser salvaguardado por la autoridad; Promoción de la imagen de la Ciudad de México; enfocada a difundir, tanto en el ámbito nacional como internacional, la riqueza y diversidad arquitectónica, social, económica y cultural del Distrito Federal; Propiedad intelectual; integrada por el conjunto de derechos derivados de la producción de una obra audiovisual, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos de Autor y demás disposiciones aplicables; y Tolerancia; fundada en el rechazo a cualquier forma de discriminación hacia una persona por razones de edad, sexo, orientación sexual, raza, estado civil, religión, ideología, condición económica o social, trabajo o discapacidad.

Ver texto oficial de la Ley de Filmaciones de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.