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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-filmaciones/37
Ley
Ley de Filmaciones de la Ciudad de México
Artículo
37

Artículo 37 de la Ley de Filmaciones de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas un Permiso Urgente, la Comisión tiene máximo 24 horas desde que entregas el formato para darte una respuesta. Si todo está bien, te sellan el documento y te otorgan el permiso. Si no procede, te dan una resolución negativa dentro del mismo plazo. Contar las 24 horas empieza justo cuando entregas tu solicitud en la ventanilla.

Texto oficial

Artículo 37.- Una vez presentada la solicitud de Permiso Urgente, la Comisión deberá sellar el Formato respectivo y emitir el Permiso respectivo o la resolución de carácter negativo en un plazo no mayor de 24 horas contadas a partir de su ingreso en la ventanilla u oficina correspondiente.

Ver texto oficial de la Ley de Filmaciones de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.