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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fiscalizacion-superior/34
Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 34 dice que, si eres una persona o empresa que maneja dinero público, estás obligado a entregar toda la información que te pida la Auditoría Superior en los tiempos y formas que ella indique. También tienes que dejar que hagan visitas, inspecciones y auditorías para aclarar cualquier situación. Básicamente, no te puedes negar a dar datos ni a que te revisen cuando la autoridad lo requiera. Esto aplica para asegurarse de que todo se está manejando correctamente.

Texto oficial

Artículo 34.- Los sujetos de fiscalización están obligados a proporcionar la información que les sea requerida en los plazos y términos que señale la Auditoría Superior, así como a permitir la práctica de visitas, inspecciones, diligencias y auditorías necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.