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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fiscalizacion-superior/96
Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
96

Artículo 96 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 96 dice que el auditor debe hacer su trabajo con cuidado y con una actitud de no creer todo a la primera, es decir, debe dudar de manera profesional. También tiene que revisar muy bien las pruebas o documentos que consigue durante la auditoría, asegurándose de que sean confiables y útiles para lo que está revisando. Si encuentra información que no es clara, confiable o que no sirve, y sospecha que los datos pueden ser falsos, entonces debe buscar más pruebas o cambiar la forma en que está haciendo la auditoría para confirmar si la información es verdadera.

Texto oficial

Artículo 96.- El auditor planificará y ejecutará la auditoría con celo y escepticismo profesional y valorará de manera crítica la evidencia que obtenga en los trabajos de auditoría, cerciorándose que los datos obtenidos sean fiables y pertinentes. Cuando la evidencia no sea consistente, fiable y pertinente y se cuestione la confiabilidad de la información, el auditor deberá determinar las modificaciones o procedimientos supletorios de auditoría, necesarios para verificar la veracidad de la información.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.