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Ley
Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México
Artículo
2

Artículo 2 de la Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, como el cine mexicano ayuda al desarrollo social, económico y cultural de la Ciudad de México, todas las acciones del gobierno para apoyarlo deben seguir estos principios: - **Democracia:** No solo es un sistema de votación, sino una forma de vida donde la riqueza y el trabajo de todos se repartan de manera justa para que la gente viva mejor. - **Desarrollo integral:** Que tanto el gobierno como empresas privadas inviertan en impulsar el cine mexicano. - **Diversidad:** Reconocer y respetar que en la Ciudad de México hay muchas culturas y etnias, y proteger que cada quien pueda hacer su propio cine y mantener sus tradiciones. - **Igualdad:** Que los apoyos al cine lleguen a todos por igual, sin favoritismos, para que más personas puedan disfrutar de estas películas. - **Libertad de expresión y asociación:** Que el gobierno debe proteger tu derecho a expresarte y a juntarte con otros para hacer cine. - **Propiedad intelectual:** Que quienes hacen películas tienen derechos sobre su obra, según lo que marca la ley federal de derechos de autor. - **Tolerancia:** Rechazar cualquier discriminación por edad, sexo, orientación sexual, raza, religión, ideología, dinero, trabajo o discapacidad.

Texto oficial

Artículo 2.- En razón a la contribución del cine mexicano, al desarrollo social, económico y cultural, del pueblo, en la Ciudad de México. Las acciones y programas que los órganos de gobierno de la Ciudad de México lleven a cabo con la finalidad de promover, fomentar y desarrollar al cine mexicano, se regirán por los siguientes derechos y principios: Democracia: considerada no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en la justa distribución de la riqueza, en el aprovechamiento equitativo del producto del trabajo social, y en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; Desarrollo integral: orientado a incentivar la inversión pública y privada para el fomento, promoción y desarrollo del cine mexicano en la Ciudad de México; Diversidad: basada en el carácter pluriétnico y pluricultural de la sociedad de la Ciudad de México y que tiene como fin reconocer y respetar las ideas, creencias y expresiones individuales y colectivas, así como garantizar el derecho al desarrollo de la propia cultura cinematográfica y la conservación de las tradiciones; Igualdad: dirigida a garantizar que las acciones, programas y políticas culturales relacionadas con el cine mexicano en la Ciudad de México tengan un sentido distributivo, equitativo, plural y social que propicie una mayor participación la población en este tipo de manifestaciones culturales; Libertad de expresión y asociación: como elementos fundamentales de cualquier producción cinematográfica que debe ser salvaguardados por la autoridad; Propiedad intelectual: integrada por el conjunto de derechos derivados de la producción cinematográfica, en el marco de la Ley Federal de Derechos de Autor y demás disposiciones aplicables; y Tolerancia: fundada en el rechazo a cualquier forma de discriminación hacia una persona por razones de edad, sexo, orientación sexual, raza, estado civil, religión, ideología, condición económica o social, trabajo o discapacidad. Artículo reformado G.O. CDMX 29/05/23

Ver texto oficial de la Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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