- Ley
- Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 21 dice que las Alcaldías, que son como las presidencias locales de cada alcaldía en la Ciudad de México, tienen que hacer un plan llamado Programa de Fomento, Promoción y Desarrollo del Cine Mexicano. Para hacerlo, deben trabajar juntos con la Secretaría de Cultura, que es la dependencia encargada de apoyar las artes en todo el país. Ese plan debe tener acciones para impulsar el cine mexicano, como apoyar a los directores o promover las películas nacionales.
Texto oficial
Artículo 21.- Las Alcaldías elaborarán e instrumentarán, en coordinación con la Secretaría de Cultura, el Programa correspondiente de Fomento, Promoción y Desarrollo del Cine Mexicano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.