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Ley
Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El cine hecho en la Ciudad de México se considera parte de la herencia cultural de la ciudad, como un objeto histórico que ayuda a entender el pasado y a imaginar el futuro de quienes viven aquí. Las películas y coproducciones mexicanas que se hagan en la capital van a recibir protección y apoyos especiales, siguiendo las reglas de la Ley Federal Cinematográfica. Esto significa que el gobierno va a cuidar y fomentar estas obras porque son valiosas para la sociedad. En resumen, el cine mexicano en la CDMX es un tesoro cultural que merece ser protegido y apoyado.

Texto oficial

Artículo 5.- El cine mexicano producido en territorio de la Ciudad de México, para efectos de esta ley será considerado como patrimonio cultural de la Ciudad de México, dentro de la categoría de bienes de valor histórico, con capacidad para integrarse a la sociedad y como fuente de investigación e interés colectivo de los habitantes de la entidad para la comprensión de nuestro pasado y proyección de nuestro futuro. El régimen de protección e incentivo de esta Ley, se aplicará a las películas y coproducciones mexicanas en la Ciudad de México, con los criterios que establece la Ley Federal Cinematográfica.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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