- Ley
- Ley de Fomento Cooperativo para la Ciudad de México
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley de Fomento Cooperativo para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, el gobierno de la Ciudad de México prepara un plan llamado Presupuesto de Egresos, que es como una lista de en qué se va a gastar el dinero público. También define los Programas Operativos Anuales, que son los proyectos y actividades que piensa hacer durante el año. En esos documentos, el gobierno está obligado a incluir dinero suficiente para apoyar a las cooperativas, tal como lo pide esta ley. Eso quiere decir que debe destinar recursos para programas, acciones y todo lo necesario para que las cooperativas puedan crecer y funcionar.
Texto oficial
Artículo 23.- Presupuestos En los Programas Operativos Anuales y en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, quedarán definidas las partidas necesarias para el fomento cooperativo de conformidad con la presente Ley, incluyendo los programas y actividades generales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.