- Ley
- Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los agricultores tienen que usar fertilizantes y pesticidas que estén comprobados por la ciencia para mejorar sus cultivos y que la comida sea más sana. También deben buscar formas de aprovechar los residuos de las cosechas sin contaminar. No pueden usar basura tóxica o peligrosa para abonar la tierra ni para rellenar terrenos. La Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios de la CDMX se encarga de vigilar que se cumpla esto. En resumen, hay que producir alimentos de manera limpia y responsable.
Texto oficial
Artículo 24.- Los productores rurales deberán emplear fertilizantes químicos, pesticidas, documentales agrícolas, y componentes aditivos para nutrir la tierra de acuerdo a principios científicos, mejorando las técnicas de plantación y reproducción, que den mayor calidad, productos agrícolas saludables, y generar recursos de desechos agrícolas y prevenir y controlar la contaminación ambiental derivada de la agricultura. Está prohibido el uso de desechos tóxicos o dañinos como fertilizantes o para rellenar campos; la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México, tendrá la obligación de vigilar lo dispuesto en el presente artículo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.