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Ley
Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los agricultores tienen que usar fertilizantes y pesticidas que estén comprobados por la ciencia para mejorar sus cultivos y que la comida sea más sana. También deben buscar formas de aprovechar los residuos de las cosechas sin contaminar. No pueden usar basura tóxica o peligrosa para abonar la tierra ni para rellenar terrenos. La Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios de la CDMX se encarga de vigilar que se cumpla esto. En resumen, hay que producir alimentos de manera limpia y responsable.

Texto oficial

Artículo 24.- Los productores rurales deberán emplear fertilizantes químicos, pesticidas, documentales agrícolas, y componentes aditivos para nutrir la tierra de acuerdo a principios científicos, mejorando las técnicas de plantación y reproducción, que den mayor calidad, productos agrícolas saludables, y generar recursos de desechos agrícolas y prevenir y controlar la contaminación ambiental derivada de la agricultura. Está prohibido el uso de desechos tóxicos o dañinos como fertilizantes o para rellenar campos; la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México, tendrá la obligación de vigilar lo dispuesto en el presente artículo.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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