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Ley
Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los restaurantes, hoteles, antros y negocios parecidos tienen la obligación de cuidar el agua y la luz, usando equipos y tecnologías que no dañen el ambiente. También deben dejar de usar productos que desperdicien recursos o que contaminen, como plásticos de un solo uso. En pocas palabras, tienen que operar de forma más ecológica y responsable para no afectar al planeta.

Texto oficial

Artículo 25.- Las empresas proveedoras de servicios, tales como restaurantes, lugares de entretenimiento, hoteles, y análogos, deberán adoptar medidas de conservación del agua y la energía, y otras tecnologías y equipo amigables con el medio ambiente, y reducir o evitar el uso y consumo de bienes que desperdicien recursos y contaminen el medio ambiente.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.