- Ley
- Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los restaurantes, hoteles, antros y negocios parecidos tienen la obligación de cuidar el agua y la luz, usando equipos y tecnologías que no dañen el ambiente. También deben dejar de usar productos que desperdicien recursos o que contaminen, como plásticos de un solo uso. En pocas palabras, tienen que operar de forma más ecológica y responsable para no afectar al planeta.
Texto oficial
Artículo 25.- Las empresas proveedoras de servicios, tales como restaurantes, lugares de entretenimiento, hoteles, y análogos, deberán adoptar medidas de conservación del agua y la energía, y otras tecnologías y equipo amigables con el medio ambiente, y reducir o evitar el uso y consumo de bienes que desperdicien recursos y contaminen el medio ambiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.