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Ley
Ley para Garantizar el Acceso Libre y Gratuito al Internet de la Ciudad de México
Artículo
9

Artículo 9 de la Ley para Garantizar el Acceso Libre y Gratuito al Internet de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El encargado de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México tiene que incluir en su proyecto de presupuesto anual el dinero suficiente para que todos podamos usar internet de banda ancha (rápido) en lugares públicos, como plazas, parques o bibliotecas. Esto significa que cada año debe asegurarse de que haya presupuesto destinado a este servicio. La idea es que puedas conectarte sin pagar en esos espacios.

Texto oficial

Artículo 9. La persona titular de la Jefatura de Gobierno deberá prever en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México de cada ejercicio fiscal, los recursos económicos suficientes para garantizar la prestación del servicio de acceso a internet de banda ancha en espacios públicos.

Ver texto oficial de la Ley para Garantizar el Acceso Libre y Gratuito al Internet de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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