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Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
129

Artículo 129 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que se emita la declaratoria de emergencia, la Secretaría (que es una dependencia del gobierno) tiene que soltar la lana del fondo llamado FONADEN, siguiendo órdenes de la Jefatura de Gobierno y las reglas establecidas. Esa lana se usa para reducir los efectos de la emergencia y atender de volada las necesidades más urgentes que haya causado. En pocas palabras, el gobierno está obligado a gastar dinero del fondo para resolver rápido los problemas graves que surjan.

Texto oficial

Artículo 129. Una vez emitida la Declaratoria a la que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría, por instrucciones de la Jefatura de Gobierno y en los términos que establezcan las Reglas de Operación, deberá erogar, con cargo al fondo del FONADEN, los montos necesarios para atenuar los efectos de la Emergencia y responder en forma inmediata a las necesidades urgentes generadas por el mismo. Artículo reformado G.O.CDMX 02/03/21

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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