- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 142
Artículo 142 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ocurre un desastre, todo empieza con un aviso oficial que da la Jefatura de Gobierno, conocido como "Declaratoria". A partir de ahí, se ponen en marcha todas las acciones para atender a la gente hasta que se cubran sus necesidades más básicas, como proteger su vida, su salud y su integridad física. Esto incluye desde la emergencia hasta que ya no peligre su bienestar. En pocas palabras, el artículo dice que la ayuda empieza con ese aviso y termina hasta que las personas estén a salvo y atendidas.
Texto oficial
Artículo 142. La atención de Desastres inicia con la Declaratoria que emita la Jefatura de Gobierno y comprende hasta el momento en que se culminen las acciones tendientes a cubrir las necesidades básicas para protección de la vida, la salud y la integridad física de las personas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.