- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 167
Artículo 167 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo tiene varias tareas importantes para hacer que la Ciudad de México sea más fuerte y preparada ante cualquier problema, como desastres, crisis o amenazas futuras. Una de sus funciones principales es diseñar y supervisar planes para que la ciudad pueda resistir, adaptarse y recuperarse de estos riesgos, siempre trabajando de la mano con el gobierno, la sociedad y otras organizaciones. También debe proponer formas de ahorrar recursos y cumplir con los objetivos del gobierno de la ciudad, además de crear grupos de trabajo técnicos y buscar financiamiento para sus proyectos. Otra labor clave es participar en estudios y programas de desarrollo urbano que sean sustentables y justos para todos, así como promover medidas preventivas para proteger a la gente y los bienes de la ciudad. Finalmente, el Consejo puede decidir cómo organizarse internamente y hacer todo lo necesario para cumplir con esta ley y sus reglas.
Texto oficial
Artículo 167. El Consejo tendrá las siguientes atribuciones: Diseñar, implementar, dar seguimiento y evaluar, de manera coordinada, la política de Resiliencia de la Ciudad de México, así como las, acciones y proyectos que incidan en mejorar la capacidad para sobrevivir, resistir, recuperarse, adaptarse y crecer ante Riesgos, tensiones crónicas, impactos agudos o amenazas múltiples que se experimenten en el presente y futuro; Promover la coordinación de acciones entre las dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como con los órdenes federal y municipal, la sociedad y otros actores relevantes, para promover la Resiliencia en la Ciudad de México; Proponer acciones para eficientar el cumplimiento de la Agenda de Gobierno de la Ciudad de México; Establecer mecanismo de coordinación y financiamiento multisectorial y regional para el diseño y ejecución de acciones relacionadas con la construcción de Resiliencia; Participar en la elaboración de estudios y programas relacionados con la planeación institucional, desarrollo urbano y territorial, que sea sustentable e incluyente; Coordinar la integración y elaboración de instrumentos y procesos innovadores para la Gestión Integral de Riesgos a partir de un enfoque territorial y con énfasis en sus etapas preventivas, promoviendo una participación interdisciplinaria y multisectorial para la protección y salvaguarda de la población y del patrimonio de la Ciudad de México; Proponer líneas, métodos e instrumentos preventivos a fin de incorporar un enfoque proactivo en la planificación de medidas territoriales para el fomento de la Resiliencia; Proponer líneas de apoyo para planificar la adaptación a mediano y largo plazo ante los Fenómenos Perturbadores que se manifiesten en la Ciudad de México; Aprobar la integración y el programa de las Comisiones Técnicas que se requieran para el cumplimiento de sus objetivos; Determinar las estrategias, mecanismos y lineamientos generales para la integración de los programas de trabajo y demás actividades que se lleven a cabo; Someter a consideración de los miembros del Consejo de Resiliencia las bases de operación interna del mismo; y Las demás funciones que se deriven de esta Ley y su Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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