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Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
175

Artículo 175 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Brigadistas Comunitarios son personas como tú que se capacitan, ya sea por su cuenta o con ayuda del gobierno, para saber qué hacer en caso de desastres como temblores o inundaciones. Estas personas se registran en una página web llamada Sentika, que es parte del sistema de datos abiertos de la Ciudad de México. Estos brigadistas trabajan de la mano con la Secretaría de Protección Civil y con las oficinas encargadas de estos temas en cada alcaldía. Además, forman parte de una red de voluntarios que se organizan para ayudarse entre vecinos cuando ocurre una emergencia en su colonia o comunidad. Los detalles sobre cómo funcionan y qué pueden hacer exactamente los brigadistas se definen en un reglamento especial, que es como el manual de reglas de este programa.

Texto oficial

Artículo 175. Los Brigadistas Comunitarios son las personas capacitadas por la autoridad o por medios propios en la materia, registradas en la plataforma denominada Sentika, a través de la Plataforma de Datos Abiertos de la Ciudad, operada por la Agencia Digital de Innovación Pública. Mantienen una coordinación operativa con la Secretaría y las Unidades de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de las Alcaldías. La Red de Brigadistas Comunitarios de la Ciudad de México es la estructura con preparación y capacitación individual y voluntaria de miembros de la sociedad, cuyo objetivo es coordinar y compartir esfuerzos para enfrentar en su entorno Riesgos causados por los Fenómenos Perturbadores. Las características y alcances de los Brigadistas Comunitarios se establecerán en el Reglamento. Párrafo reformado G.O.CDMX 02/03/21

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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