- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 182
Artículo 182 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a establecer las reglas para que la comunicación con la gente sea clara y eficiente, tanto en situaciones normales como en emergencias o desastres. Esto aplica a temas de prevención de riesgos y protección civil. Básicamente, se asegurará de que la información correcta llegue a ti a tiempo, sin confusiones.
Texto oficial
Artículo 182. La Secretaría determinará los procedimientos necesarios para una eficiente comunicación social en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil tanto en situaciones normales como en situaciones de Emergencia o Desastre.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.