- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 184
Artículo 184 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a hacer acuerdos con la radio, la tele y otros medios para que ayuden mandando avisos importantes. Entre esos avisos están: invitar a la gente a participar, alertar sobre peligros, decir cómo evacuar un lugar, y ayudar a buscar familiares. Esto es parte de la protección civil.
Texto oficial
Artículo 184. La Secretaría promoverá en los convenios que celebre con los medios de comunicación, mecanismos de coordinación para la emisión de mensajes, los cuales son entre otros: Convocatoria social; Alertamiento; Evacuación; y Asistencia para la búsqueda de familiares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.