- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 212
Artículo 212 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 212 ya no existe, porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que queda sin efecto y ya no se aplica. En este caso, esa eliminación se publicó oficialmente en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 2 de marzo de 2021. Así que no tienes que preocuparte por ese artículo, ya no tiene validez legal.
Texto oficial
Artículo 212. Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 02/03/21
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.