Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-gestion-integral-riesgos-proteccion-civil/217
- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 217
Artículo 217 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley oficialmente el 2 de marzo de 2021, según la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Decir que "se deroga" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si nunca hubiera existido. Entonces, no te preocupes por lo que decía, porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 217. Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 02/03/21 CAPÍTULO II DE LAS SANCIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.