- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 74
Artículo 74 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, antes de aprobar un evento o espectáculo, las autoridades deben revisar si hay situaciones peligrosas. Por ejemplo, si por la forma en que está organizado el evento la gente podría no poder salir rápido si hay una emergencia (riesgo de encadenamiento). También si las instalaciones temporales, como carpas o escenarios, son inseguras para quienes asisten. Igual, si el evento podría causar problemas serios en la comunidad, como bloquear calles importantes o estar cerca de hospitales, escuelas o estaciones de bomberos. Además, si hay posibilidades de que ocurran peleas, destrozos o daños a personas o propiedades. Por último, si un responsable de Protección Civil determina que el evento es de alto riesgo según las reglas establecidas.
Texto oficial
Artículo 74. Los Programas Especiales considerarán en su análisis y desarrollo los aspectos siguientes que puedan ser potencialmente riesgosos: Que por las características de la actividad o espectáculo presenten Riesgo de Encadenamiento; Que por las condiciones de instalaciones provisionales puedan constituir un Riesgo para los asistentes; Que dadas las condiciones ambientales o del inmueble impacten severamente la actividad cotidiana de la comunidad, las vialidades primarias o se encuentren cercanos a Servicios Vitales o Sistemas Estratégicos; Que se presente Riesgo de violencia, vandalismo o daños a las personas, bienes o entorno; y Que acorde con los Términos de Referencia, se consideren de alto Riesgo conforme al análisis que se elabore por un Responsable Oficial de Protección Civil. Fracción reformada G.O. CDMX 28/04/23
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.