- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 94
Artículo 94 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que tu queja pueda ser recibida y procesada, es necesario que proporciones la información básica que permita saber dónde ocurrieron los hechos, tu nombre completo y tu domicilio. Con esos datos, las autoridades podrán investigar lo que denuncias de manera rápida y eficiente. Si no das esa información, tu queja no podrá avanzar, porque no tendrían forma de verificar si lo que dices es cierto. Así, la ley busca que todo sea claro desde el principio para poder actuar de manera correcta.
Texto oficial
Artículo 94. Para la procedencia de la queja, es indispensable el señalamiento de los datos necesarios que permitan localizar el lugar, así como el nombre y domicilio de la persona quejosa, para que se efectúen, con oportunidad por parte de las autoridades, las diligencias necesarias para la comprobación de los hechos, actos u omisiones motivo de la queja y estar en posibilidades de llevar a cabo la evaluación correspondiente y actuar en consecuencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.