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Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
94

Artículo 94 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que tu queja pueda ser recibida y procesada, es necesario que proporciones la información básica que permita saber dónde ocurrieron los hechos, tu nombre completo y tu domicilio. Con esos datos, las autoridades podrán investigar lo que denuncias de manera rápida y eficiente. Si no das esa información, tu queja no podrá avanzar, porque no tendrían forma de verificar si lo que dices es cierto. Así, la ley busca que todo sea claro desde el principio para poder actuar de manera correcta.

Texto oficial

Artículo 94. Para la procedencia de la queja, es indispensable el señalamiento de los datos necesarios que permitan localizar el lugar, así como el nombre y domicilio de la persona quejosa, para que se efectúen, con oportunidad por parte de las autoridades, las diligencias necesarias para la comprobación de los hechos, actos u omisiones motivo de la queja y estar en posibilidades de llevar a cabo la evaluación correspondiente y actuar en consecuencia.

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.