- Ley
- Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en la Ciudad de México
- Artículo
- 19
Artículo 19 de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la persona que encabeza el gobierno de la Ciudad de México debe presentar un informe donde explique cómo va el avance del programa de igualdad entre mujeres y hombres. También tiene que incluir en ese reporte todas las acciones que se han hecho para cumplir con lo que dice esta ley. Básicamente, es como un reporte de calificaciones: ahí se tiene que ver si realmente se está trabajando para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades y derechos.
Texto oficial
Artículo 19.- Los informes anuales de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, deberán contener el estado que guarda la ejecución del Programa, así como las demás acciones relativas al cumplimiento de lo establecido en la presente Ley. TÍTULO IV CAPÍTULO PRIMERO DE LOS OBJETIVOS Y ACCIONES EN MATERIA DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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