- Ley
- Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en la Ciudad de México
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de las Mujeres tiene la obligación de checar cada año cómo va el Programa. Esto significa que deben revisar si se están cumpliendo los objetivos y hacer una evaluación de sus resultados. Así se aseguran de que todo funcione como debe y, si hace falta, hacer cambios para mejorarlo. Es como un reporte anual para ver qué está jalando y qué no.
Texto oficial
Artículo 18.- La Secretaría de las Mujeres deberá revisar y evaluar anualmente el Programa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.