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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-justicia-administrativa/10
Ley
Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
10

Artículo 10 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez dice “dar vista” en un juicio, no significa que te van a prestar el expediente para llevártelo a tu casa o a la oficina. Lo que pasa es que los documentos se quedan en la oficina del tribunal (llamada Secretaría) para que tú o tu abogado puedan pasar a leerlos ahí mismo. Así que no te llevas nada, solo puedes revisarlo en el lugar.

Texto oficial

Artículo 10. En ningún caso se prestarán los autos a las partes para que los lleven fuera del Tribunal. La determinación de “dar vista” sólo significa que los autos quedan en la Secretaría para que los interesados se impongan de ellos

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.