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Ley
Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
111

Artículo 111 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juez te da la razón en un juicio contra una autoridad, la regla es que la autoridad debe hacer lo que dice la sentencia, como devolverte algo o dejarte hacer algo. Pero si cumplir al pie de la letra la sentencia es muy complicado o le hace más daño a la sociedad que el beneficio que te daría a ti, entonces la autoridad puede pagarte una compensación económica por los daños que te causó, en lugar de cumplir directo con la sentencia. Esto también aplica si es materialmente imposible o demasiado caro regresar las cosas a como estaban antes del problema.

Texto oficial

Artículo 111. El cumplimiento sustituto de una sentencia puede darse mediante el pago de los daños y perjuicios causados al actor por el acto de autoridad declarado nulo, en lugar del cumplimiento directo de la sentencia. Procede el cumplimiento sustituto, cuando: La ejecución de la sentencia afecte gravemente a la sociedad en mayor proporción a los beneficios que pudiera obtener el actor; o Por las circunstancias materiales del caso, sea imposible o desproporcionadamente gravoso restituir las cosas a la situación que guardaban con anterioridad al juicio.

Ver texto oficial de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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